Precisiones sobre el secuestro en la Ciudad de México
Ángel Serrano Gálvez
El Universal
El secuestro del Joven Norberto Ronquillo y su fatal desenlace colocaron sobre la mesa el tema del secuestro en la capital, y con ello vinieron un sinnúmero de artículos, reportajes y entrevistas en los cuales no necesariamente se aborda el fenómeno de forma adecuada. Es por ello y con base en la metodología del Observatorio Nacional Ciudadano y del Observatorio de la Ciudad de México hago algunas precisiones sobre el secuestro en la ciudad de México.
Lo primero quizás, es contestar la pregunta ¿Qué entendemos por secuestro? Pareciera que con la naturalidad con la que tocamos el tema, el concepto está claro, sin embargo, después de haber revisado algunos artículos puede que este no quede del todo claro. Para definir y analizar el secuestro, es necesario remitirnos al “Instrumento para el Registro, Clasificación y Reporte de los Delitos y las Víctimas CNSP/38/15” donde se define al secuestro como: “Al que prive de la libertad a otro con el propósito de obtener rescate, algún beneficio económico, causar daño o perjuicio a la persona privada de la libertad o a cualquiera otra”, dentro de este delito únicamente se incluye: secuestro extorsivo, secuestro con calidad de rehén, secuestro para causar daño, secuestro exprés y otro tipo de secuestro. Otros delitos como la privación de la libertad personal que se diferencia del secuestro, ya que su propósito no es el lucro, se encuentran dentro de otras clasificaciones y, por lo tanto, no deben de ser incluidos al momento de analizar el secuestro. Leer más.